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Salud>>Sexualidad
Declaración sobre los Derechos Sexuales
La sexualidad constituye el origen del vínculo más profundo entre los seres humanos y de su realización efectiva depende el bienestar de las personas, las parejas, la familia y la sociedad. Es, por lo tanto, su patrimonio más importante y su respeto debe ser promovido por todos los medios posibles.
1. Derecho a la libertad. Excluye todas las formas de coerción, explotación y abusos sexuales en cualquier momento de la vida y en toda condición. La lucha contra la violencia constituye una prioridad.
2. Derecho a la autonomía, integridad y seguridad corporal. Este derecho abarca el control y el disfrute del propio cuerpo, libre de torturas, mutilaciones y violencias de toda índole.
3. Derecho a la igualdad y la equidad sexual. Se refiere a estar libre de todas las formas de discriminación. Implica respeto a la multiplicidad y diversidad de las formas de expresión de la sexualidad humana, sea cual fuere el sexo, género, edad, etnia, clase social, religión, y orientación sexual a la que pertenece.
4. Derecho a la salud mental. Incluye la disponibilidad de recursos suficientes para el desarrollo de la investigación y conocimientos necesarios para su promoción. El sida y las ETS, Enfermedades de Transmisión Sexual, requieren de aún más recursos para su diagnóstico, investigación y su tratamiento.
5. Derecho a la información amplia, objetiva y verídica sobre la sexualidad humana. Que permita tomar decisiones respecto a la propia vida sexual.
6. Derecho a una educación sexual integral desde el nacimiento y a lo largo de toda la vida. En este proceso deben intervenir todas las instituciones sociales.
7. Derecho a la libre asociación. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de disolver dicha unión y de establecer otras formas de convivencia sexual.
8 . Derecho a la decisión reproductiva libre y responsable. Tener o no hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el acceso a las formas de regular la fecundidad. El niño y la niña tienen derecho a ser deseados y queridos.
9 . Derecho a la vida privada. Implica la capacidad de tomar decisiones autónomas con respecto a la propia vida sexual dentro de un contexto de ética personal y social. El ejercicio consciente racional y satiIsfactorio de la sexualidad es inviolable e insustituible.
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